Condiciones generales
Condiciones generales de entrega y pago emitidas por *MJS denominadas condiciones *MJS bajo el número de registro comercial KvK Harderwijk 08087735 . Depositado el 1 de enero de 2012 en Harderwijk.
* Machinebouw Jansen Stroe v.o.f., Stroe, en lo sucesivo denominada «*MJS».
Artículo 1: Aplicabilidad
1.1 Estas condiciones se aplican a todas las ofertas realizadas por *MJS, a todos los acuerdos que celebren y a todos los acuerdos que puedan derivarse de ellas. El proveedor/abastecedor es *MJS que utiliza estas condiciones. Se denomina contratista o vendedor. La otra parte se denominará cliente o comprador. 1.2 Estas condiciones sólo pueden ser utilizadas por *MJS. 1.3 Las condiciones generales del cliente no se aplicarán y se rechazan expresamente.
Artículo 2: Ofertas
2.1 Todas las ofertas se hacen sin compromiso. 2.2 Si el cliente proporciona datos, dibujos, etc. al contratista, éste puede suponer que son correctos y puede basar su oferta en ellos. 2.3 Los precios mencionados en la oferta se basan en la entrega en fábrica, de acuerdo con los Incoterms 2000. Los precios no incluyen el impuesto sobre el volumen de negocios ni el embalaje. 2.4 Si su oferta no es aceptada, el contratista tendrá derecho a cobrar al cliente todos los costes en los que haya incurrido para presentar la oferta.
Artículo 3: Derechos de propiedad intelectual
3.1 Salvo acuerdo en contrario, el contratista conserva los derechos de autor y todos los derechos de propiedad industrial de todas las ofertas, diseños, ilustraciones, dibujos, modelos de prueba, programas informáticos, etc. que suministre. 3.2 Los derechos sobre los datos mencionados en el apartado 1 seguirán siendo propiedad del contratista, independientemente de que se haya cobrado al cliente por su producción. Estos datos no pueden ser copiados, utilizados o mostrados a terceros sin el consentimiento expreso del contratista. En caso de que se infrinja esta disposición, el cliente deberá pagar al contratista una sanción de 25.000 euros. Esta sanción puede reclamarse además de los daños y perjuicios que la ley conceda. 3.3 El cliente deberá devolver los datos que se le hayan facilitado, tal y como se indica en el apartado 1, a la primera petición del contratista, en el plazo que éste le indique. En caso de incumplimiento de esta disposición, el Cliente está obligado a pagar al Proveedor una multa de 1.000 euros por día. Esta sanción puede exigirse además de la indemnización por daños y perjuicios que la ley conceda.
Artículo 4: Asesoramiento, diseños y materiales
4.1 El Cliente no puede derivar ningún derecho del asesoramiento y la información que recibe del Contratista si estos no están directamente relacionados con la cesión. 4.2 El Cliente es responsable de los dibujos y cálculos realizados por él o en su nombre y de la idoneidad funcional de los materiales prescritos por él o en su nombre. 4.3 El cliente indemniza al contratista por cualquier reclamo de terceros con respecto al uso de dibujos, cálculos, muestras, modelos y similares proporcionados por o en nombre del cliente. 4.4 El Cliente puede inspeccionar los materiales que el Contratista desea utilizar antes de que sean procesados o hacer que se examinen por su cuenta. Si el contratista sufre daños como consecuencia, será por cuenta del cliente.
Artículo 5: Plazo de entrega
5.1 El tiempo de entrega es aproximado por parte del contratista. 5.2 Al determinar el plazo de entrega, el contratista asume que puede realizar la cesión en las circunstancias que conozca en ese momento. 5.3 El tiempo de entrega comienza cuando se ha llegado a un acuerdo sobre todos los detalles técnicos, todos los datos necesarios, dibujos finales, etc. están en posesión del contratista, se ha recibido el pago o plazo acordado y las condiciones necesarias para la ejecución del pedido. se han cumplido. 5.4 a) Si existen circunstancias distintas a las conocidas por el contratista cuando fijó el tiempo de entrega, el contratista podrá extender el tiempo de entrega por el tiempo necesario para realizar el encargo en estas circunstancias. Si las actividades no pueden encajar en el cronograma del contratista, se completarán tan pronto como su cronograma lo permita. B. En caso de trabajos adicionales, el plazo de entrega se ampliará en el tiempo necesario para entregar los materiales y piezas para este (o hacer que se entreguen) y para realizar los trabajos adicionales. Si el trabajo adicional no se puede incluir en el cronograma del contratista, el trabajo se completará tan pronto como el cronograma lo permita. C. En caso de suspensión de obligaciones por parte del contratista, el plazo de entrega se extenderá por la duración de la suspensión. Si la continuación del trabajo no se puede incluir en el cronograma del contratista, el trabajo se completará tan pronto como el cronograma lo permita. D. En caso de tiempo inviable, el tiempo de entrega se ampliará por el tiempo de estancamiento resultante. 5.5 Exceder el tiempo de entrega acordado no le da derecho a compensación alguna, a menos que se haya acordado por escrito.
Artículo 6: Transferencia de riesgo
6.1 En caso de compra, la entrega se realiza franco fábrica, «franco fábrica», de acuerdo con los Incoterms 2000; el riesgo del bien se transfiere en el momento en que el vendedor lo pone a disposición del comprador. 6.2 Independientemente de lo dispuesto en el párrafo anterior, el cliente y el contratista podrán acordar que el contratista se hará cargo del transporte. El riesgo de almacenamiento, carga, transporte y descarga también recae en el cliente en ese caso. El Cliente puede asegurarse contra estos riesgos. 6.3 Incluso si el vendedor instala y / o ensambla el artículo vendido, el riesgo del artículo se transfiere en el momento en que el vendedor pone los artículos a disposición del comprador en las instalaciones comerciales del vendedor o en otra ubicación acordada. 6.4 Si la compra implica permuta y el comprador continúa utilizando el artículo a cambiar hasta que se le entregue el nuevo artículo, el riesgo del artículo a cambiar sigue siendo del comprador hasta el momento en que lo haya puesto en posesión de el vendedor.
Artículo 7: Cambio de precio
7.1 Si transcurren cuatro meses después de la fecha en que se celebró el contrato y el Contratista aún no ha completado su cumplimiento, se podrá trasladar al Cliente un aumento de los factores determinantes del precio. 7.2 El pago del aumento de precio a que se refiere el párrafo 1 se realiza al mismo tiempo que el pago del principal o del pago final. 7.3 Si los bienes son entregados por el cliente y el contratista está dispuesto a utilizarlos, el contratista podrá cobrar un máximo del 20% del precio de mercado de los bienes entregados.
Artículo 8: Impracticabilidad de la cesión.
8.1 Opdrachtnemer heeft het recht de nakoming van zijn verplichtingen op te schorten, als hij door omstandigheden die bij het sluiten van de overeenkomst niet te verwachten waren en die buiten zijn invloedssfeer liggen, tijdelijk verhinderd is zijn verplichtingen na te komen.
8.2 Circunstancias que no podrían haber sido previstas por el contratista y que están fuera de su control incluyen la circunstancia de que los proveedores y / o subcontratistas del contratista no cumplan con sus obligaciones o no las cumplan a tiempo, el clima, terremotos, incendios, pérdidas o robo de herramientas, pérdida de materiales a procesar, bloqueos de carreteras, huelgas o paros laborales y restricciones de importación o comercio, 8.3 El Contratista no está autorizado a suspender la ejecución si el cumplimiento es permanentemente imposible o si una imposibilidad temporal ha durado más de seis meses . El contrato podrá entonces disolverse por la parte de las obligaciones que aún no se haya cumplido, en cuyo caso las Partes no tendrán derecho a indemnización por los daños sufridos o por sufrir como consecuencia de la disolución.
Artículo 9: Alcance del trabajo
9.1 El Cliente debe asegurarse de que todos los permisos, exenciones y otras decisiones necesarias para realizar el trabajo se obtengan a tiempo. 9.2 El precio del trabajo no incluye: a, los costos de tierra, hincado de pilotes, picado, demolición, cimentación, mampostería, carpintería, enlucido, pintura, empapelado, reparación u otros trabajos de construcción; b, los costos de conexión de gas, agua, electricidad u otras instalaciones de infraestructura; C. los costos de prevenir o limitar el daño a los elementos presentes en o cerca del trabajo; los costos de eliminación de materiales, materiales de construcción o desechos; viaje y alojamiento,
Artículo 10: Cambios en el trabajo
10.1 Los cambios en el trabajo darán como resultado en cualquier caso trabajo adicional o menor si: hay un cambio en el diseño o las especificaciones; la información proporcionada por el cliente no se corresponde con la realidad; C. las cantidades estimadas se desvían de más del 10%. 10.2 El trabajo adicional se calcula sobre la base del valor de los factores determinantes del precio que se aplican en el momento en que se realiza el trabajo adicional. La menor cantidad de trabajo se liquida sobre la base del valor de los factores determinantes del precio que se aplicaron en el momento de la celebración del acuerdo. 10.3 Si el saldo del trabajo menos excede al del trabajo adicional, el contratista podrá cobrar al cliente el 10% de la diferencia de los saldos en la liquidación final. Esta disposición no se aplica a menos trabajo que sea el resultado de una solicitud del contratista.
Artículo 11: Ejecución del trabajo
11.1 El Cliente se asegurará de que el Contratista pueda realizar sus actividades sin ser molestado y en el tiempo acordado y que se le proporcionen las instalaciones necesarias durante el desempeño de sus actividades, tales como: – gas, agua y electricidad; – calefacción; – espacio de almacenamiento seco con cerradura; – instalaciones prescritas sobre la base de la Ley de condiciones de trabajo y los reglamentos. 11.2 El cliente es responsable de todos los daños como consecuencia de pérdida, robo, quema o daño a herramientas, materiales y otros elementos del contratista que se encuentren en el lugar donde se realiza el trabajo. 11.3 Si el cliente incumple con sus obligaciones según lo descrito en los párrafos anteriores y esto resulta en un retraso en la ejecución de la obra, la obra se ejecutará tan pronto como el cronograma del contratista lo permita. Además, el cliente es responsable de todos los daños derivados de esto para el contratista.
Artículo 12: Entrega de la obra
12.1 El trabajo se considera terminado cuando: a. El cliente ha aprobado el trabajo; B. el trabajo ha sido puesto en uso por el cliente. Si el cliente toma parte del trabajo en uso, esa parte se considera terminada; C. el contratista ha notificado al cliente por escrito que el trabajo se ha completado y el cliente no ha informado por escrito dentro de los 14 días posteriores a la notificación si el trabajo ha sido aprobado o no; D. el cliente no aprueba el trabajo sobre la base de defectos menores o piezas faltantes que pueden ser reparadas o entregadas dentro de los 30 días y que no impiden que el trabajo se ponga en uso, 12.2 Si el cliente no aprueba el trabajo, es obligado a hacerlo, exponiendo las razones por escrito al contratista. 12.3 Si el cliente no aprueba el trabajo, le dará al contratista la oportunidad de entregar el trabajo nuevamente. Las disposiciones de este artículo se aplicarán nuevamente a los mismos.
Artículo 13: Responsabilidad
13.1 El Contratista es responsable de los daños sufridos por el Cliente y que sean el resultado directo y exclusivo de una deficiencia atribuible al Contratista. Sin embargo, solo los daños contra los cuales el Contratista está asegurado, o debería haber estado razonablemente asegurado, son elegibles para compensación. 13.2 No elegible para compensación: a. Pérdida comercial, incluyendo, por ejemplo, daño por estancamiento y lucro cesante; B. Daño visual, Se entiende por daño visual el causado por o durante la ejecución de la obra contratada a los elementos en los que se trabaja o en las proximidades del lugar donde se realiza la obra; C. daños causados por intencionalidad o imprudencia intencionada por parte de las personas auxiliares 13.3 El cliente indemniza al contratista contra todas las reclamaciones de terceros por responsabilidad del producto como resultado de un defecto en un producto suministrado por el cliente a un tercero y que (también) consistió en productos suministrados por el contratista y / o materiales.
Artículo 14: Garantía
14.1 El Contratista garantiza la correcta ejecución de la ejecución pactada por un período de seis meses después de la entrega o finalización. 14.2 Si la ejecución pactada consiste en la contratación de obra, el contratista garantiza la solidez de la construcción entregada y los materiales utilizados durante el período a que se refiere el apartado 1, siempre que sea libre de elegirlos. Si parece que la construcción entregada o los materiales utilizados no son sólidos, el contratista los reparará o reemplazará. Las piezas que sean reparadas por el contratista o reemplazadas por el contratista deben enviarse al contratista con portes pagados. El desmontaje y montaje de estas piezas y los gastos de viaje y alojamiento incurridos corren por cuenta del cliente. 14.3 Si la ejecución pactada consiste en el procesamiento de materiales suministrados por el cliente, el contratista garantiza la solidez del procesamiento realizado durante el período mencionado en el párrafo 1. Si parece que una operación no se ha realizado correctamente, el contratista decidirá si: – realizar la operación nuevamente. En ese caso, el cliente debe suministrar material nuevo por su cuenta; el defecto será reparado. En ese caso, el cliente deberá devolver el transporte de material pagado al contratista; – el cliente acredita una parte proporcional de la factura. 14.4 Si la prestación pactada consiste en la entrega de un bien, el contratista garantiza la solidez del bien entregado durante el período a que se refiere el párrafo 1. Si parece que la entrega no ha sido correcta, la mercancía debe ser devuelta al contratista a portes pagados, quien entonces decidirá si: – reparar el artículo; – reemplaza el caso; – el cliente acredita una parte proporcional de la factura. 14.5 Si la prestación acordada (también) consiste en la instalación y / o montaje de un artículo entregado, el contratista garantiza la solidez de la instalación y / o montaje durante el período mencionado en el párrafo 1. Si parece que la instalación y / o montaje no se ha realizado correctamente, el contratista reparará esto. Los gastos de viaje y alojamiento incurridos correrán a cargo del cliente. 14.6 La garantía del fabricante se aplica a aquellas piezas para las cuales el cliente y el contratista han acordado expresamente por escrito. Si el cliente ha tenido la oportunidad de conocer el contenido de la garantía del fabricante, esto reemplazará la garantía bajo este artículo. 14.7 El cliente debe en todo caso ofrecer al contratista la oportunidad de reparar cualquier defecto o realizar nuevamente el procesamiento. 14.8 El Cliente solo puede invocar la garantía después de haber cumplido con todas sus obligaciones para con el Contratista. 14.9 a) No se ofrece garantía por defectos que sean el resultado de: – desgaste normal; – uso inapropiado; – mantenimiento no realizado o realizado incorrectamente; – instalación, montaje, modificación o reparación por parte del cliente o de terceros. B. No se ofrece ninguna garantía para los productos entregados que no sean nuevos en el momento de la entrega.
Artículo 15: Quejas
El Cliente ya no puede invocar un defecto en el rendimiento si no ha presentado una queja por escrito al Contratista dentro de los 14 días posteriores a haber descubierto o debería haber descubierto razonablemente el defecto.
Artículo 16: Artículos no comprados
Si los bienes no se han comprado después de la expiración del tiempo de entrega, quedarán a disposición del cliente. Los bienes que no han sido aceptados se almacenan por cuenta y riesgo del cliente. El Contratista siempre puede utilizar el poder del Artículo 6:90 del Código Civil holandés.
Artículo 17: Pago
17.1 El pago se realiza en el lugar de trabajo del Contratista o en una cuenta designada por el Contratista. 17.2 A menos que se acuerde lo contrario, el pago se realizará de la siguiente manera: efectivo en venta en mostrador; si se ha acordado el pago a plazos: – 40% del precio total en el momento del pedido; – 50% del precio total después de la entrega del material; – 10% del precio total a la entrega; C. En todos los demás casos dentro de los 30 días posteriores a la fecha de la factura. 17.3 Independientemente de las condiciones de pago acordadas, el cliente está obligado a proporcionar suficiente seguridad para el pago a solicitud del contratista. Si el cliente no cumple con esto dentro del plazo establecido, inmediatamente estará en mora. En ese caso, el contratista tiene derecho a disolver el contrato y recuperar su daño del cliente. 17.4 Se excluye el derecho del cliente a compensar sus reclamaciones contra el contratista, a menos que el contratista se declare en quiebra. 17.5 La reclamación completa de pago vence y es pagadera inmediatamente si: se ha excedido un plazo de pago; el cliente se ha declarado en quiebra o ha solicitado una moratoria; C. se grava el embargo sobre bienes o reclamaciones del cliente; D. el cliente (empresa) se disuelve o liquida; mi. el cliente (persona física) queda bajo tutela o fallece. 17.6 Cuando el pago no se haya realizado dentro del plazo de pago acordado. el cliente inmediatamente deberá intereses al contratista. El interés es del 10% anual, pero es igual al interés legal si es mayor. En el cálculo de intereses, parte del mes se considera un mes completo. 17.7 Si el pago no se ha realizado dentro del plazo de pago acordado, el cliente debe al contratista todos los costes extrajudiciales con un mínimo de 50 euros. Los costes se calculan sobre la base de la siguiente tabla: sobre los primeros 3000 euros 15% sobre el exceso hasta 6.000 euros 10% sobre el exceso hasta 15.000 euros 8% sobre el exceso hasta 60.000 euros 5% sobre el exceso a partir de 60.000 euros 3% Si los costes extrajudiciales realmente incurridos son superiores a los que se desprenden del cálculo anterior, los los costos son debidos. 17.8 Si el contratista está a favor de los procedimientos legales, todos los costos incurridos en relación con estos procedimientos correrán a cargo del cliente.
Artículo 18: Reserva de propiedad y derecho de prenda
18.1 Después de la entrega, el contratista sigue siendo el propietario de los bienes entregados siempre que el cliente: a. No cumpla o no cumpla con sus obligaciones en virtud de este acuerdo u otros acuerdos similares; B. no paga o no pagará por el trabajo realizado o aún por realizar en virtud de dichos acuerdos; C. reclamaciones derivadas del incumplimiento de los acuerdos anteriores, tales como daños, multa, intereses y costas. 18.2 Siempre que los bienes entregados estén sujetos a la reserva de dominio, el cliente no podrá gravarlos fuera de sus operaciones comerciales normales. 18.3 Después de que el contratista haya invocado su reserva de dominio, podrá recuperar los bienes entregados. El cliente permite que el contratista ingrese al lugar donde se encuentran estos artículos. 18.4 Si el contratista no puede invocar su reserva de dominio porque los bienes entregados han sido mezclados, deformados o controlados, el cliente está obligado a pignorar los bienes recién formados al contratista.
Artículo 19: Disolución
Si el cliente desea disolver el acuerdo sin que el contratista incurra en incumplimiento y el contratista está de acuerdo con esto, el acuerdo se disolverá de mutuo acuerdo. En ese caso, el Contratista tiene derecho a una compensación por todas las pérdidas financieras, tales como pérdidas sufridas, lucro cesante y costos incurridos.
Artículo 20: Ley aplicable y elección de foro
20.1 Se aplica la ley holandesa. 20.2 No se aplica la Convención de Ventas de Viena (C.I.S.G.), ni ninguna otra regulación internacional de la que se permita la exclusión. 20.3 Solo el tribunal civil que tiene jurisdicción en el lugar de trabajo del contratista conoce de las disputas, a menos que esto sea contrario a la ley imperativa. El Contratista puede desviarse de esta regla de jurisdicción y aplicar las reglas estatutarias de jurisdicción. 20.4 Las partes pueden acordar otra forma de solución de controversias, como arbitraje o mediación.